Resumen del Artículo Disposición transitoria trigésima quinta

Artículo Disposición transitoria trigésima quinta del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — Disposición transitoria trigésima quinta. Lo previsto en el artículo 307 de esta Ley Orgánica del Poder Judicial, respecto del período de prácticas tuteladas, como Juez adjunto, del curso teórico y práctico de selección, será de seis meses para todos los aspirantes a ingreso en…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria trigésima quintaDisposición transitoria trigésima quinta

Disposición transitoria trigésima quinta.

Lo previsto en el artículo 307 de esta Ley Orgánica del Poder Judicial, respecto del período de prácticas tuteladas, como Juez adjunto, del curso teórico y práctico de selección, será de seis meses para todos los aspirantes a ingreso en la Carrera Judicial que hayan superado o superen las pruebas de acceso ya convocadas, y para quienes superen las de la siguiente convocatoria que se realicen a partir de la entrada en vigor de esta disposición transitoria.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria trigésima quinta

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria trigésima quinta del LOPJ?

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¿El Artículo Disposición transitoria trigésima quinta del LOPJ está vigente?

El artículo Disposición transitoria trigésima quinta del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria trigésima quinta dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VIII.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria trigésima quinta?

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